Noticia    
27/10/2007

EL TRIBUNAL SUPREMO DA LA RAZóN A ÁLVAREZ SOJO

Los hechos se remontan al año 2002, donde el Pleno del Ayuntamiento de Humanes de Madrid, decidió no dar la Presidencia de tres Comisiones Informativas Especiales al Alcalde Presidente en la figura de Álvarez Sojo.

Las tres Comisiones Informativas Especiales trataban sobre Contratación de Obras, Suministros y Servicios; sobre contrataciones de personal eventual y laboral; y sobre gastos de Protocolo y/o representación. El Pleno del Ayuntamiento de Humanes dispuso que la Presidencia de las mismas recaería en aquel de sus miembros que fuera elegido por sus integrantes en su primera reunión.

Esa decisión municipal, se produjo a iniciativa de los Grupos Municipal es Socialista y Popular, después de que el Alcalde, don Adolfo Álvarez Sojo, fuera expulsado del PSOE. El Sr. Álvarez Sojo, interpuso recurso contencioso – administrativo contra la previsión relativa a la Presidencia de tales Comisiones.

El Tribunal Supremo dice en su sentencia que se infringió el artículo 2.1 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, que atribuye al Alcalde la Presidencia del Pleno, de la Comisión de Gobierno, y expresamente, las Comisiones Informativas; “el proceder del Pleno del Ayuntamiento de Humanes infringió la legalidad vigente al acordar que la presidencia de las Comisiones Informativas Especiales recayeran en los miembros que eligieran sus integrantes”.

Por todo ello, El Tribunal supremo, declara NULO: ‘Todos los acuerdos adoptados por el Pleno del Ayuntamiento de Humanes en su reunión del 2002; asimismo NULAS todas las actuaciones llevadas a cabo por dichas Comisiones Informativas Especiales”.

Cabe destacar que estas Comisiones Informativas sirvieron como excusa para expulsar a Adolfo Álvarez Sojo del PSOE, y desprestigiarle políticamente presentando una querella por prevaricación administrativa, que FUE ARCHIVADA EN PRIMERA INSTANCIA.